-----------ASOCIACION DE USUARIOS----------
Hospital Hernando Moncaleano Perdomo
--------------------- Neiva - Huila ---------------------
--"Nuestro Comprimiso es Salud y Vida"--
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EL PRESIDENTE DE LA ASOCIACION DE USUARIOS DE LA ESSE HOSPITAL UNIVERSITARIO “HERNANDO MONCALEANO PERDOMO DE NEIVA


ASAMBLES EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS


TEMA UNICO: ELECCION REPRESENTANTE DE USUARIOS ANTE LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE NEIVA.


Dia : Sábado 22 de Agosto de 2009
Lugar : Auditorio 7 piso Hospital.
Hora : 08: 00 a. m. a 11:00 a. m.

• Según la reglamentación el libro de inscripción se cierra el día 21 de Junio de 2009 a las 05:00 P.M. y se abre nuevamente para registro de inscritos el día 23 de Agosto de 2009.

El día 6 de Agosto los aspirantes a este cargo se inscribirán con hoja de vida y plan de acción en la oficina de SIAU del Hospital de Neiva en horario de 08:00 a. m. a 12: 30 M. las inscripciones serán atendidas por la secretaria de la Asociación.

El día 14 de Agosto a las 08:00 a.m. se publicara en cartelera del Hospital los candidatos elegibles.

Requisitos para ser candidatos:
• Poseer 2 años corridos de antigüedad como socio ( anexar certificado expedido por el presidente de la asociación)
• Ser mayor de edad anexar fotocopia de la cedula de ciudadanía.
• Anexar certificaciones de capacitaciones en salud.


Atentamente






Luís Donante Quesada Alicia Trujillo
Presidente Secretaria

Celebracion Dia de la Madre

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Con una masiva presencia de madres el pasado 31 de Mayo, la Asociacion de Usuarios de la ESE Hospital Hernando Moncaleano Perdomo y la Fundacion Genesis, se Celebro el dia de las madres; Agradecemos a todos los patrocinadores que contribuyeron a esta celebracion:
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La Fundacion Genesis y la Asociacion de Usuarios del Hospital
Tiene el placer de hacer el reconocimiento a las Madres
El Proximo
31 de mayo de 2009
Hora
14:00 Horas
(02:00 PM)
Lugar
Institucion Educativa Tecnico Ipc Andres Rosa
Ciudad
Neiva - Huila
Te Esperamos
No Traer Niños.

ARTICULO 1

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ESTATUTOS.

CAPITULO I

Denominación – Naturaleza – Duración – Domicilio y Territorio – Control y Vigilancia.


ARTICULO 1- Denominación - Crease la ASOCIACION DE USUARIOS DE LA ESE HOSPITAL UNIVERSITARIO “HERNANDO MONCALEANO PERDOMO” de Neiva.
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Artículo 2 - Naturaleza – La Asociación es una persona jurídica, privada e independiente sin animo de lucro integrada por personas naturales que utilizan los servicios de la ESE Hospital Universitario “Hernando Moncaleano Perdomo” de Neiva.

Artículo 3

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Artículo 3 – Duración. La Asociación tendrá una duración de 25 años a partir de la fecha de legalización como persona jurídica; prorrogable mediante decisión de la Asamblea General de Asociados.

Artículo 4

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Artículo 4 – Domicilio y Territorio El domicilio principal de la Asociación será la ciudad de Neiva y el territorio o su área de acción el territorio Nacional.

Articulo 5

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Articulo 5 – Control y Vigilancia , será ejercida de acuerdo a las normas legales vigentes .

ARTICULO 6

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CAPITULO II
OBJETO SOCIAL FINALIDADES Y CAPACIDAD

ARTICULO 6 – Objeto Social Es velar por los derechos y deberes de los USUARIOS de los servicios del Hospital Universitario “ Hernando Moncaleano Perdomo “ de Neiva, basados en solicitar y disfrutar de los servicios de salud de buena calidad, oportuno, con trato digno al igual que, trabajar por el mejoramiento de la calidad de vida de los afiliados a partir de la investigación y sensibilización de la comunidad beneficiaria para el desarrollo de proyectos de salud, económicos y sociales que permitan fortalecer la Asociación y la Institución Hospitalaria mediante los siguientes medios:

1- Fomento y realización de programas y proyectos de investigación social en temas relacionados con la salud.
2- Promoción y realización de eventos educativos sobre las diferentes áreas de la salud.
3- Publicar información por boletines, revistas, periódicos, videos u otros medios de comunicación sobre temas relacionados con la salud, gestión de la Asociación y de la Institución Hospitalaria.
4 - Fomentar y Desarrollar programas en atención básica PAB y salud ocupacional.
5 - Recibir y administrar fondos económicos para el apoyo de proyectos sociales.
6- Desarrollar bajo su organización y administración proyectos empresariales que le permitan el cumplimiento del objeto social.
7.- Desarrollar medios para conocer las necesidades e inquietudes de los usuarios y tramitarlas ante las diferentes instancias.
8 - Los demás medios que considere adecuados para el desarrollo del objeto social.

Artículo 7

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Artículo 7 – FINALIDADES Y/O FUNCIONES
Asesorar a los usuarios y/o asociados en la identificación y acceso al portafolio de servicios de la ESE Hospital Universitario “ Hernando Moncaleano Perdomo.”
Elegir entre sus afiliados los miembros de la Junta directiva, fiscal y comités permanentes
Elegir entre sus afiliados los representantes de los Usuarios ante la Junta Directiva del Hospital, el Consejo Territorial de Seguridad Social y el Comité de ética del Hospital y otras.
Vigilar que las decisiones que se adopte la asamblea sean aplicadas.
Presentar propuestas para el mejoramiento del servicio que presta el Hospital.
Atender las quejas y sugerencias que los usuarios presentan sobre la prestación de los servicios y vigilar que se tomen los correctivos necesarios.
Solicitar mensualmente a la oficina de atención al Usuario reporte de las quejas Presentadas por los usuarios, las tramitadas y sus conclusiones.

ARTÍCULO 8

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ARTÍCULO 8 – Capacidad. La Asociación en el desarrollo de su objeto social. Puede realizar o celebrar toda clase de actos , contratos, convenios, uniones temporales, consorcios, alianzas, vender o enajenar, canjear bienes muebles e inmuebles, constituir prendas hipotecarias, la recepción de dineros o bienes en prestamos o en donación o legado, la celebración de contratos de trabajo, prestación de servicios o administración de fondos y las demás operaciones permitidas por la ley.

Artículo 9

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CAPITULO III
DE LOS ASOCIADOS.

Artículo 9 – La Asociación tendrá el siguiente perfil de asociados.

1) Socios Fundadores todos aquellos que firman el acta de constitución que dio origen al proceso de legalización de la Asociación y que por derecho propio adquieren el derecho de ser socios adherentes
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2) Socios adherentes personas naturales usuarias de los servicios del hospital que Manifiesten y soliciten por escrito su deseo de pertenecer a la Asociación; que llenen todos los requisitos establecidos en los Estatutos, reglamentos Estatutarios y sobre este grupo de asociados descarga toda la responsabilidad de la Asociación y son únicos que tienen derecho a voz y voto.

3) Socios beneficiarios los que se afilian con el propósito de ser beneficiados en un determinado programa o proyecto especialmente a los usuarios de otras poblaciones retiradas de Neiva; con voz pero sin voto y su reglamentación estará prevista en el reglamento estatutario.

4) Socios Honorarios aquellas personas naturales o jurídicas que por sus gestiones y desarrollo del objeto social de la Asociación se hacen merecedores de pertenecer al cuadro de honor de la Asociación; su reglamentación estará prevista en los reglamento estatutario.

Artículo 10

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Artículo 10 – Requisitos para ser socio adherente:

1) Ser mayor de quince años y gozar de todas sus capacidades mentales.
2) Ser o haber sido usuario del Hospital por si mismo o por un familiar de primer grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, condición que debe demostrar con algún tipo de soporte
3) Inscribirse en las oficinas de la Asociación llenado la respectiva ficha firmar el libro de asociado y llenar los demás requisitos previstos en el reglamento estatutario.
4) Pagar la cuota de afiliación y cuotas extraordinarias que la asamblea apruebe.

Articulo 11

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Articulo 11 – Derechos de los asociados.

1) Libertad para afiliarse y retirarse de la Asociación.
2) Igualdad de derechos y deberes.
3) Elegir y ser elegido para desempeñar cargos dentro de la Asociación o en representación de ella siempre y cuando cumpla con los requisitos.
4) Participar y opinar en las diferentes deliberaciones de los órganos de la Asociación a los cuales pertenezca y ejercer su voto para la toma de decisiones con responsabilidad.
5) Vigilar la gestión de la Asociación, junta directiva y las representaciones en los diferentes instancias.
6) Derecho a ser escuchado.
7) Los demás que se consideren en el reglamento estatutario.

Artículo 12

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Artículo 12 – Deberes de los asociados.
A – Asistir a las diferentes reuniones de los órganos de la Asociación el incumplimiento a dos reuniones consecutivas, sin previa excusa justificada por escrito ocasiona la perdida de calidad de socio, directivo o de representación en las diferentes instancias.
B – Participar en los diferentes comités permanentes y comisiones de trabajo y participar activamente en los diferentes programas o proyectos de la Asociación.
C – Conocer y cumplir los estatutos y reglamentos estatutarios al igual que acatar las decisiones acordadas en la Asociación aprobadas de acuerdo a la ley y sus estatutos
D – Cumplir con todas las obligaciones cuando se elija como directivo, delegado o representante en las diferentes instancias de la Asociación.
E – Informar cuando a su juicio hayan irregularidades en la prestación del servicio del Hospital, Junta Directiva de la Asociación o en algunas de las representaciones; utilizando adecuadamente los procedimientos establecidos en el reglamento estatutario.

Articulo 13

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CAPITULO III

ORGANOS DE DIRECCION – ADMINISTRACION – CONTROL- CONCILIACION Y REPRESENTACION.

Articulo 13- Órganos de dirección, administración control conciliación y representación.

A. ASAMBLEA GENERAL
B. JUNTA DIRECTIVA
C. FISCAL
D. COMITÉ DE TRABAJO
E. COMITÉ DE CONCILIACION
F. VEEDURIAS
G. REPRESENTACION A OTRAS INSTANCIAS

Articulo 14

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Articulo 14 – Asamblea General, es la máxima autoridad de de Asociación y esta conformada por las personas naturales socios adherentes sus funciones principales son las, siguientes:

A.- Decretar la constitución y liquidación de la Asociación.
B – probar o modificar los planes y programas de la Asociación
C – Aprobar o modificar el plan de acción de cada Junta Directiva
D – Aprobar y Adoptar las reformas de los estatutos y reglamentos estatutarios.
E – Elegir los directivos, comités permanentes, comité conciliador, fiscal Y veedurías de la Asociación.
F – Elegir Los representantes de la Asociación a otras instancias..
G – Aprobar o improbar los presupuestos, balances, estados financieros e informes
de los diferentes órganos de la Asociación.

Articulo 15

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Articulo 15- Convocatoria, se realizaran asamblea general ordinarias dos en cada año; en los primeros meses de cada semestre y asambleas generales extraordinarias cuando se considere necesarias para tratar un determinado punto y el cual debe ir expreso en la convocatoria.

Las convocatorias deben ser hechas por el presidente de la Asociación por escrito, y enviadas a cada asociado con quince días antes de realizar la reunión donde debe expresarse claramente el sitio, hora y orden del día y además la convocatoria debe ser fijada en carteleras en sitio visible en la oficina de la Asociación y en la sección de atención al Usuario del Hospital.

Cuando las asambleas por cualquier circunstancia el presidente no las convoque lo podrá hacer el fiscal, o un 10 por ciento de socios hábiles y que cumpla con los requisitos de convocatoria.

PARAGRAFO: La inscripciones para asociados se cerraran de acuerdo al tipo de asamblea para la elección que se convoque así:

a. 10 días calendario antes de la asamblea general ordinaria o extraordinaria, a las 17.00 horas del ultimo día y será reabierta a las 48 horas después de realizada la asamblea para elecciones normales.
b. Si es elección de representantes a otras instancias se cerrara 60 días calendario antes de la asamblea general ordinario o extraordinaria a las 17.00 horas del ultimo día y será reabierta 48 horas después de efectuadas las elecciones.

Articulo 16

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Articulo 16- Quórum decisorio, para que sean validas las dediciones debe ser conformado por la mitad más uno de los socios hábiles; y si pasada una hora después de la hora indicada para el inicio de la reunión no se ha conformado el quórum reglamentario, la asamblea podrá deliberar y tomar las decisiones validas con la presencia del 20 por ciento de los socios activos.

Parágrafo los actos de liquidación o incorporación requiere de quórum especiales del 70% de los socios hábiles.

Articulo 17

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Articulo 17– Junta Directiva Los representantes serán elegidos por la asamblea general para periodo de cuatro años y estará integrada por un presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y un coordinador del comité de trabajo, pudiendo ser reelegida total o parcial para un único nuevo periodo según el reglamento estatutario y tendrá las siguientes funciones:

Elabora el plan de desarrollo y gestión para su periodo y someterlo a la consideración y aprobación de la asamblea general.
Elaborar los planes y programas de acuerdo a los parámetros de la asamblea general.
Aprobar su reglamento interno.
Aprobar o improbar los informes, presentados por los directivos, comité de trabajo y veedurías.
Aprobar o improbar los presupuestos presentados por los diferentes comités de trabajo.
Rendir informes de su gestión en las asambleas ordinarias y en las extraordinarias cuando las circunstancias lo amerite.
Aprobar los gastos al presidente cuando superen los 5 salarios mínimos mensuales
Fijar las pólizas de manejo que deba firmar el tesorero
Mantener informados a los asociados de los diferentes servicios y las formas de acceder al portafolio de servicios.
Solicitar informes cada seis meses de la gestión de la diferente estancia de representación analizarlas y ponerlas en conocimiento de los asociados.
Vigilar porque se cumplan los estatutos y reglamentos internos de la asociación.
L. Definir y organizar los diferentes canales de comunicación para que los asociados manifiesten sus quejas, reclamos y sugerencias
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