ARTICULO 16
REPRESENTANTES DE LOS USUARIOAS AL COMITÉ DE ÉTICA HOSPITALARIA.
Elegido por voto popular entre los miembros de la asamblea general, por periodo de 3 años. Y Podrán ser reelegidos hasta por otro periodo si su labor ha sido de satisfacción.
Las funciones y requisitos están dadas en los estatutos y reglamentos estatutarios de la Asociación de Usuarios y el acuerdo 1757 de 1.994 y los del interior del Comité de Ética Hospitalaria y además garantizar.
1. Con su gestión y trabajo dejar en buen nombre la asociación.
2. Los candidatos que se postulen deberán acreditar capacitaciones (talleres, seminarios, diplomados conferencias) en temas relacionados con los servicios de salud.
3. Deberán acreditar experiencia en trabajos comunitarios en salud.
4. La elección se hará solo con los candidatos inscritos y seleccionados por la Junta Directiva.
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A nivel nacional: 018000111758
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